Veri*Factu y factura electrónica: no confundas los conceptos

En los últimos meses, Veri*Factu se ha convertido en una de las palabras más repetidas en despachos, asesorías y negocios de todo tipo.
Desde abogados y gestores hasta carpinteros o pequeños comercios, muchos profesionales se preguntan qué es exactamente Veri*Factu, si les afectará y en qué se diferencia de la factura electrónica.

La confusión es comprensible: ambos términos están relacionados con la facturación, pero no significan lo mismo ni implican las mismas obligaciones.
Vamos a aclararlo.

¿Qué entendemos por factura electrónica?

La factura electrónica no es una novedad.
El Reglamento de facturación ya permite expedir facturas en papel o en formato digital, siempre que se garantice su autenticidad, integridad y legibilidad durante todo el periodo de conservación.

En otras palabras, una factura electrónica es simplemente una factura digital, emitida y recibida por medios electrónicos, y con el consentimiento del destinatario.

Hasta la fecha, su uso era obligatorio solo en determinados supuestos:

  • En la contratación pública.

  • En sectores regulados (telecomunicaciones, suministros de agua o luz, agencias de viaje online, etc.).

Con la Ley Crea y Crece (octubre de 2022), el panorama cambia:
se amplía la obligación de usar factura electrónica en todas las operaciones entre empresarios y profesionales, aunque todavía no se ha implantado de forma efectiva.

📅 ¿Cuándo será obligatoria?

La ley prevé que la factura electrónica será obligatoria:

  • Un año después de aprobarse el reglamento de desarrollo para quienes facturen más de 8 millones de euros anuales.

  • Dos años después para el resto de empresas y autónomos.

De momento, ese reglamento aún no se ha publicado, por lo que la obligación no ha comenzado a aplicarse.

Entonces, ¿qué es Veri*Factu?

A diferencia de la factura electrónica, Veri*Factu no regula el formato de la factura, sino el software con el que se emite.

Su finalidad es garantizar que los registros de facturación no puedan manipularse ni borrarse, contribuyendo así a la lucha contra el fraude.

✅ Dos formas de cumplir con Veri*Factu

  1. Usar un programa de facturación adaptado a Veri*Factu, que puede ser:

    • Modalidad Veri*Factu: envía los registros de facturación automáticamente a la Agencia Tributaria.

    • Modalidad No Veri*Factu: no los envía, pero registra cualquier modificación posterior.

  2. Usar la aplicación gratuita de la AEAT, pensada para autónomos o pequeños negocios con un volumen reducido de facturación.

Las facturas emitidas con programas adaptados incluirán:

  • Un código QR para verificar su autenticidad.

  • La leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”.

Importante: no todas las facturas Veri*Factu son electrónicas.
Puedes seguir imprimiendo tus facturas en papel; lo que cambia es el sistema informático que las genera.

📆 Fechas clave para adaptarse

El calendario de aplicación de Veri*Factu sí está definido:

Contribuyentes Fecha límite de adaptación
Sociedades y empresas 1 de enero de 2026
Autónomos y profesionales 1 de julio de 2026

Esto significa que antes de mediados de 2026, todos los negocios que utilicen programas informáticos para facturar deberán asegurarse de que su software cumple con los requisitos del Reglamento Veri*Factu.

🔍 Diferencias principales entre Veri*Factu y factura electrónica

Aspecto Factura electrónica Veri*Factu
Qué regula El formato y envío de la factura El sistema informático que la genera
Obligación actual Pendiente del reglamento de la Ley Crea y Crece Ya aprobada y con fechas fijadas
Tipo de factura Solo digital Puede ser digital o en papel
Objetivo principal Digitalizar la relación entre empresas y clientes Garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas
Plazos de aplicación 1-2 años tras el reglamento 2026 (según tipo de contribuyente)

🧭 Conclusión

Confundir Veri*Factu con la factura electrónica solo añade incertidumbre.
Mientras la factura electrónica afecta al formato y transmisión de las facturas, Veri*Factu se centra en cómo se generan y registran.

En definitiva:

  • Veri*Factu regula los programas de facturación.

  • Factura electrónica regula la forma en que se emiten y reciben las facturas.

Ambas normativas convivirán, pero con tiempos y objetivos distintos.

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